Lo más probable es que ya lo sepas, o que lo descubras al encontrar en su casa los contratos de seguro. Si es así, que es lo más habitual, dirígete directamente a la aseguradora y, si figuras como beneficiario, en pocos días habrás recibido la indemnización prevista.
Si no encuentras las pólizas o sencillamente tienes dudas, pregunta en el Registro de Contratos de Seguros con Cobertura de Fallecimiento. Es un registro público, dependiente del Ministerio de Justicia, en el que nosotros entregamos toda la información.
Si estás tramitando la herencia, el propio notario consultará online el Registro